viernes, enero 26, 2007

Diario de clase

Ante la proximidad del parcial de febrero, comunicamos a los alumnos que entre hoy viernes y la próxima semana se terminará el tema V (La prensa política durante las revoluciones burguesas), que será materia de examen junto a los temas II, III y IV. Aprovechamos también la ocasión para recordaros que el examen de la asignatura es el miércoles 7 de febrero a las 15:30 horas. Mucha suerte y mucho ánimo

6 Comments:

At 3:31 p. m., Anonymous Anónimo said...

Quisiera dar la enhorabuena a los profesores y alumnos que participáis en este blog. Yo soy compañera vuestra (aunque de la rama de Comunicación Audiovisual) y, gracias al blog del periodista Arcadi Espada (http://www.arcadi.espasa.com/), que hoy os recomienda, he sabido de vuestra existencia. Un abrazo.
Gloria.

 
At 7:11 p. m., Anonymous Anónimo said...

¿Qué pasa en este blog? ¿Es que lo patrocina el diario gorrino y facharrojo del PSOE?

A ver si la izquierda de la caspa, la izquierda gorrina y facharroja acepta de una vez el pluralismo y la democracia, xoder.

 
At 6:38 p. m., Anonymous Anónimo said...

Hola, una duda:
¿qué pasa en 1697 con la ley de habeas corpus? ¿se abole?
¿esa ley limitaba la libertad del periodista?

Chao. gracias

 
At 10:59 a. m., Blogger Marta Luth said...

Usuario anónimo 3: El habeas corpus se aplica cuando un detenido presenta uns petición ante el juez para que se revise la legalidad de su arresto. ¿Qué tiene eso que ver con el periodismo de 1697?

Los demás: si queréis conocer la asignatura más secreta de Periodismo, visitadnos (no entra en el temario, pero sí en la profesión).
http://elequipot.blogspot.com

 
At 9:33 a. m., Blogger Paco Baena said...

Te recuerdo que las dudas es mejor que las hagáis a través del correo (frbaena@us.es). El habeas corpus es una institución jurídica que garantiza los derechos y las libertades de los ciudadanos y evita los abusos del poder. El habeas corpus es aplicada también a delitos de prensa para evitar arrestos y detenciones arbitrarias. Los periodistas tenían derecho a dirigirse a un juez y, si no había pruebas inculpatorias, debía declararse su libertad inmediata.

 
At 5:56 p. m., Anonymous Anónimo said...

con lo últil que es este blog, por el que felicito a los profesores, a veces tengo q avergonzarme al leer ciertos comentarios.

P.D: gracias a Carmen Espejo por sus maravillosas explicaciones de clase que hacen mucho más fácil la asignatura.

 

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